La Corte Suprema de Justicia de la Nación “bendijo” implícitamente a la pareja al considerar que estaba firme el divorcio decretado en Jujuy por pedido de Snopek. El fallo del 1 de octubre fue emitido por unanimidad. Los ministros dijeron que, en esas condiciones, no advertían la existencia de un conflicto de competencia entre los Tribunales jujeños y los tucumanos que ellos debieran resolver. La resolución derriba la pretensión de Carlos Marti Coll, aún esposo de Snopek en los papeles, de que el divorcio sea tramitado en el Poder Judicial local. Además, sienta un precedente para la disputa que las partes sostienen en el fuero penal y que también ha de dirimir el máximo tribunal del país (se informa por separado). 

Los jueces Carlos Rosenkrantz (presidente), Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Horacio Rosatti se expidieron antes de que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán se pronunciara sobre la competencia que había declarado la Sala I de la Cámara de Familia y Sucesiones. Ello ya no sucederá: la cuestión devino abstracta. El tribunal de familia jujeño le ganó de mano al Poder Judicial de esta provincia al plantear a la Corte de la Nación la imposibilidad de inscribir la sentencia de divorcio en los libros del Juzgado de Paz de El Manantial. Gabriela Saade, abogada de Snopek, explicó ayer que, con la sentencia de la Corte de la Nación en la mano, iba a solicitar de inmediato el levantamiento de la medida cautelar que impedía la anotación. “Siempre estuvo clara la competencia: no había conflicto porque el juicio de allá ya estaba terminado”, opinó la letrada. La inscripción en los libros del Registro Civil liberará a la pareja del gobernador de las ataduras que le impiden contraer nuevas nupcias. El 6 de diciembre de 2018, el mismo día y casi a la misma hora fijados para una audiencia de conciliación en la Cámara de Familia tucumana, Morales y Snopek se casaron por un ritual indígena en la Quebrada de Humahuaca.

 En marzo, los camaristas provinciales Hugo Rojas y Ester Valderrábano de Casas habían declarado la nulidad de las decisiones de la Justicia jujeña respecto del matrimonio de los abogados Marti Coll y Snopek. La Sala I consideró que este pleito con abundantes implicancias institucionales correspondía a la esfera del Poder Judicial tucumano puesto que originalmente Snopek había solicitado allí la disolución del lazo conyugal.

FUENTE LA GACETA