El Tribunal Oral Federal (TOF) 6 rechazó este jueves el pedido de arresto domiciliario presentado por la defensa de Nicolás Gabriel Carrizo, imputado como partícipe secundario del intento de asesinato de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, tras considerar que permanecen vigentes los riesgos procesales que lo llevaron a estar detenido en el penal de Marcos Paz.

El TOF 6 resolvió "no hacer lugar al pedido de arresto domiciliario efectuado por la defensa técnica de Gabriel Nicolás Carrizo como morigeración de la prisión preventiva que viene padeciendo el nombrado en un establecimiento penitenciario", según surge de la resolución firmada a fines de agosto y conocida este jueves.

"La única medida de coerción suficiente para garantizar el avance de la investigación, el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley sustantiva es la prisión preventiva de Gabriel Nicolás Carrizo en una unidad de detención", remarcaron los jueces Sabrina Namer, Daniel Obligado e Ignacio Fornari.

Además, resaltaron que el acusado "se encuentra detenido con prisión preventiva en las presentes actuaciones desde el día 14 de septiembre de 2022, por lo que el tiempo en detención sufrido hasta el momento no resulta excesivo, irrazonable o desproporcionado", a la vez que resaltaron la gravedad del hecho imputado y el volumen y complejidad de la causa.

Entre los indicios destacados por los jueces para afirmar que "existen respecto de Carrizo peligros concretos de fuga y entorpecimiento de la investigación", se encuentran "la naturaleza violenta, la magnitud y la gravedad institucional que representa el hecho" y "el pronóstico de una pena grave y de efectivo cumplimiento en caso de recaer condena" sobre el imputado.

También señalaron "la existencia de una causa paralela en trámite y en estado avanzado respecto de Gabriel Nicolás Carrizo, en la que se lo investiga por el delito de tenencia ilegítima de documento de identidad ajeno en calidad de autor".

Además, invocaron "la conducta que habría observado Carrizo con posterioridad al hecho investigado tendiente a lograr su impunidad ocultando elementos de prueba vinculados a la pesquisa".

En esa dirección, recordaron que la fiscalía de Carlos Rívolo y el juzgado de María Eugenia Capuchetti "resaltaron en distintas piezas procesales, una conversación obtenida por la PSA (Policía de Seguridad Aeroportuaria) del teléfono celular de Carrizo, en la que refiere: 'Mira no sé si es una buena noticia pero el arma con la que intentó ponerla no es la mía, yo le di un 22 corto recién hable con la novia y la tiene ella así que mañana la vamos a ocultar y vamos a ir a Crónica a hablar'".

"La necesidad de resguardar la producción de prueba tendiente a esclarecer el hecho objeto de investigación, así como también develar la eventual participación de terceras personas, la que podría verse obstaculizada o frustrada en caso de que el imputado egrese de la unidad de detención", finalizaron los jueces.

El TOF 6 es el tribunal que deberá llevar a cabo el juicio por el intento de homicidio de la vicepresidenta Kirchner por la cual están imputados como coautores Fernando Sabag Montiel (quien gatilló sin éxito una pistola apuntada hacia la cabeza de la exmandataria) y su entonces pareja Brenda Uliarte, que lo acompañaba en el lugar del hecho.

Carrizo aparece en el expediente como el jefe de Sabag Montiel y de Uliarte en la venta de copos de nieve azucarados y quedó involucrado en la causa luego de que se hallaran en su teléfono decenas de mensajes en los que se atribuía participación en la planificación del hecho; algo que al responder en indagatoria definió como bromas que le hizo a sus allegados más cercanos.