Junto a diez agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF), Marengo fue condenado en julio de 2015 a 12 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas y tormentos, cometidos en el marco del plan represivo desplegado en Jujuy en la última dictadura militar. En aquel juicio, el tercero de lesa humanidad que se desarrolló en Jujuy, se ventiló el llamado Operativo Aire 718, de octubre de 1976, que involucró a 90 víctimas que fueron trasladadas en avión a Buenos Aires custodiados por efectivos del SPF, que sometieron a los detenidos a todo tipo de tormentos y humillaciones.

El Tribunal, integrado por los jueces Gabriel Casas, Mario Marcelo Juárez Almaráz y Federico Díaz, condenó a 11 de los 13 represores procesados por los delitos de privación ilegal de la libertad y tormentos a penas de 12 y 14 años, y calificó esos crímenes de lesa humanidad.

En su fallo, la Cámara de Casación dispone “absolver a Horacio Domingo Marengo de la totalidad de los hechos por los que resultara condenado y ordenar su soltura” y “anular las penas impuestas a Juan Carlos Pugni, Osvaldo Jorge Chiaparro, Arnaldo Exequiel Jorge, Eduardo José Juárez, Ricardo Cesar Juárez, Rogelio Lorenzo Masson Iglesias, Jaime Oscar Quintela, Cristóbal José Antonio Retamoso y Andrés Aldo Savorani.

El efecto de esta anulación es que deja en libertad a los condenados, aparta al tribunal de la causa y reenvía el expediente para que se dicte un nuevo fallo de acuerdo a los fundamentos que da en su resolución.

“El impacto es muy grande -definió Castillo en diálogo con El Submarino Radio (91.5)-. No es la primera vez que Casación hace esto, pero sí es la primera vez que lo hace en Jujuy. Pero anular los fallos y dejar en libertad a los condenados es un signo de la época”.

Pero no es solo una cuestión de que se haga justicia. Castillo advirtió: “Están sentando un precedente gravísimo. Las víctimas están en riesgo porque esas personas, captores sanguinarios que han sido capaces de torturar y matar, están por ser liberados”. Se refería a las decenas de víctimas sobrevivientes que pasaron por las salas de audiencias para relatar su calvario y señalar a los responsables. Muchas de ellas, incluso, contaron su historia por primera vez en el marco de estos juicios.

La abogada explicó la diferencia entre la anulación de condenas y la aplicación del 2×1: “El 2×1 es para detenidos con prisión preventiva, pero acá estamos hablando de condenados que tuvieron su juicio justo y ahora son dejados en libertad”.

“Y es peor, todavía, porque estamos viendo que Casación va a ir fallando caso por caso, con el mismo resultado que tiene la aplicación del 2×1, que es la libertad, pero sin el impacto masivo”, advirtió.

En este sentido, resaltó que se trata de “una estrategia más sofisticada”, llamó a visibilizar que esto no está pasando solo en Jujuy y mencionó el caso de Marcos Levin, el dueño de La Veloz del Norte quien se vio beneficiado por la misma Cámara con una anulación similar hace pocas semanas, después de haber sido condenado a 12 años de prisión en marzo del año pasado por haber colaborado con el aparato represivo durante la última dictadura cívico militar.

Para Castillo, la Corte “toma dos o tres testimonios, no realiza un análisis profundo ni  contextualizado de los hechos, y dice tener pruebas. Pero están desconociendo todo lo que se avanzó en términos de interpretación probatoria en estos crímenes, porque se cometieron con clandestinidad, con el aparato del Estado, y que no pudieron ser juzgados en treinta años. Entonces, la prueba directa generalmente no está, sino que lo que hay son testimonios”.

“Lo que viene diciendo Casación -continuó-, es que no se pueden tener en cuenta los testimonios de las victimas porque son ‘parte interesada’. Esto es gravísimo, porque el interés de la víctima es obtener justicia; no tiene otro”.

Las partes pueden ahora recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, antes de los diez días, aunque esta instancia no hace más que mantener la indefinición, ya que, como explica Castillo, “los tiempos de la Corte son eternos en relación a la edad biológica de los imputados y a la necesidad de una justicia pronta”.

En teoría, precisó, la presentación de un recurso ante la Corte debería suspender el fallo de Casación, por lo que Marengo tendría que permanecer privado de la libertad. “No deberían dejarlo en libertad, pero no tenemos asegurada esa situación”, comentó.

La abogada recordó que el juicio en el que se condenó a Marengo hubo además otros diez condenados. “Fue un juicio con bastante pruebas, pudimos conocer quiénes eran los responsables del traslado no solo por los testimonios de las víctimas, sino que hubo también prueba documental, por los asientos del libro del penal, y otra documentación que llegó por investigaciones que se hicieron en estos años desde Buenos Aires”.

Castillo repasó: “La semana pasada hubo una reunión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Uruguay, donde la Comisión resaltó el rol que jugó la Argentina para avanzar en el juzgamiento de estos terribles crímenes. Los juicios fueron con jueces naturales, con una legislación habitual para cualquier tipo de delito y un proceso penal, donde se pudo conocer, a partir de una prueba objetiva y tribunales imparciales, y llegar a estas condenas”.

Para la abogada, “tiene que llamarnos la atención que hoy Casación sorprenda con estas resoluciones y retrotraiga los juicios a los albores de las investigaciones, dejando libres a responsables de crímenes atroces”.

Fuente: El Submarino