El histórico juicio sobre la Masacre de Napalpí consideró este jueves "probado" que el Estado argentino fue responsable de crímenes de lesa humanidad contra las comunidades originarias Qom y Moqoit en la provicia de Chaco en 1924.

Se trata de un “juicio por la verdad” que no tuvo imputados -ya que los responsables de esa masacre de 1924 están fallecidos-, en el que declararon sobrevivientes y descendientes de las víctimas.

"La particularidad de este juicio no es sólo producir una verdad histórica sino también es hacer cambios que humanizan al Poder judicial", afirmó en su alegato la querella representada por la secretaria de Derechos Humanos y Géneros de Chaco, Silvana Pérez.

Consideró que Napalpí fue "un modelo que no dista mucho de campos de concentración o centros de detención clandestino" y entendió que "la reducción es un espacio de control social y disciplinamiento mediante una educación del sometimiento, del rechazo y la discriminación, en el que fueron avasallados el derecho a la vida, pero también el derecho a la cultura, a la libertad, la lengua, en suma, a la dignidad".

De igual manera, el abogado Diulio Ramírez -quien completó el alegato con la calificación penal y pedido de reparación- explicó cómo la Nación "asesinó y redujo a la servidumbre" a comunidades que acompañaron procesos históricos liderados por San Martín, Belgrano y Güemes e, incluso, participaron como soldados de la Guerra de Malvinas.

"Los pueblos originarios víctimas de hechos como la Masacre de Napalpí fueron los mismos que acompañaron a San Martin y a Belgrano, que integraron las guerrillas de Güemes en la guerra gaucha, y de José Artigas, es decir, el 'indio' aportó a la liberación de nuestro país y de Sudamérica", reflexionó.

Y agregó: "Más cerca en el tiempo podemos decir que tenemos 48 soldados qom y wichi y 52 soldados mapuches que participaron en Malvinas y dieron su sangre por este país, pero la Nación les pagó muy mal".

Dadas las características del juicio por la verdad no hubo un pedido de pena, pero las querellas y los fiscales coincidieron en calificar a la Masacre como "homicidio agravado" y también como delito de "reducción a la servidumbre", catalogados ambos como crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas.

Otro denominador común en las declaraciones de hoy fue el homenaje y recuerdo a Juan Chico, del pueblo qom y un pilar en la reconstrucción de este crimen. Docente, historiador y emblema de la difusión de las voces que durante mucho tiempo permanecieron olvidadas en la "historia oficial", Chico fue autor de dos libros sobre la Masacre: "La voz de la sangre" y "Las Voces del Napalpí". Chico iba a ser uno de los testigos de contexto de mayor interés en el presente juicio, pero falleció el año pasado por Covid-19.

El querellante Emiliano Nuñez, del Instituto del Aborigen Chaqueño, enumeró en la audiencia una serie de medidas reparatorias que permitan delinear políticas públicas, como por ejemplo, que el juicio forme parte de la currícula educativa, la creación de centros de estudio sobre la historia de pueblos originarios y la conformación de un espacio de memoria donde se desarrolló la reducción Napalpí.

"Entendemos que está todo dicho. Los testigos nos mostraron de distintas maneras y facetas qué ocurrió. La reducción de indios fue creada por el Estado Argentino con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio y explotación del indígena en condiciones paupérrimas y de trabajo a destajo", expresó por su parte fiscal Federico Carniel. Además, remarcó que desde la fiscalía quedó "probada la materialidad ilícita y la autoría".

"El responsable no es otro que el Estado, tanto nacional como la intervención provincial. Y están en juego dos normas del código penal de la época: el delito de servidumbre y el delito de homicidio que entendemos que debe ser calificado como crimen de lesa humanidad en proceso de genocidio", concluyó.

Qué fue la Masacre de Napalpí

La Masacre de Napalpí fue fusilamiento de más de 400 integrantes de las etnias Qom y Moqoit por parte de fuerzas estatales y colonos del entonces territorio nacional de Chaco, el 19 de julio de 1924.

La masacre fue cometida por fuerzas policiales, con participación de civiles, bajo órdenes del gobernador Fernando Centeno, quien se hallaba bajo supervisión directa del presidente Marcelo Torcuato de Alvear, perteneciente de la Unión Cívica Radical (UCR).

Los testimonios realizaron aportes sobre el funcionamiento de la reducción de Napalpí y su objetivo disciplinador hacia las comunidades indígenas de la zona, que eran explotadas como mano de obra. Evidenciaron, además, que las condiciones laborales y de vida en la reducción llevaron a protestas que fueron brutalmente reprimidas el 19 de julio de 1924 por más de un centenar de policías, gendarmes y colonos.

La historia oficial siempre omitió hablar de estos verdaderos genocidios. Hechos similares ocurrieron en Rincón Bomba, en 1947 (el 10 de octubre de 1947, evento que se extendió durante tres semanas, en cuyo transcurso fueron asesinadas, violadas, esclavizadas, desaparecidas y lesionadas miles de personas desarmadas, incluyendo niños, mujeres y ancianos pertenecientes al pueblo Pilagá, en el paraje La Bomba, cerca de la población de Las Lomitas, en el entonces Territorio Nacional de Formosa (actual provincia de Formosa).

La versión oficial también ha intentado ocultar la mal llamada "Campaña al Desierto", acontecimiento que la Justicia aún no ha declarado delito de lesa humanidad por la matanza, violaciones, sometimiento a la esclavitud, sustitución de identidad, robo de niños y niñas, en un plan sistemático orientado a saquear tierras y completar con mano de obra esclava los ingenios azucareros, implementar la tala de especies nativas, o concretar la recolección del algodón en el norte.