El Senado dio media sanción este jueves, por unanimidad, a un proyecto que modifica el Código Penal, con el objetivo de aumentar las penas en casos de difusión sin consentimiento de imágenes sexuales obtenidas en el marco de la intimidad. Juntos por el Cambio votó por la negativa en particular uno de los artículos.

El dictamen en tratamiento unificó dos proyectos de ley impulsados por la senadora oficialista por Santiago del Estero, Claudia Ledesma de Zamora; y por su par de la oposición, la tucumana Silvia Elías de Pérez.

La iniciativa modifica los artículos 155 y 169 del Código Penal, ubicados en el Capítulo sobre Violación de Secretos y la Intimidad, para castigar la "difusión y/o publicación de imágenes no consentidas de contenidos de desnudez, sexual o erótico de personas".

Las multas estipuladas por el nuevo artículo 155 irán de los $20.000 a los $200.000 y habrá penas de tres meses hasta tres años de prisión para quienes "por cualquier medio y sin expresa autorización difundiere, divulgare, publicare, distribuye o de cualquier manera pusiera al alcance de terceros documentos obtenidos en un a´mbito de privacidad con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas incluso mediando el consentimiento de la víctima".

"La pena prevista en el párrafo anterior se elevará un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la violación de secretos responda al ánimo de lucro con el propósito de causar sufrimiento", completa el texto.

En tanto, el artículo 169, el que se refiere al "chantaje" establece que “será reprimido con prisión o reclusión de tres a ocho años, el que, por amenaza de imputaciones contra el honor, de difusión de documentos cuyo contenido fuera consecuencia de una relación íntima, o de violación de secretos, cometiere alguno de los hechos expresados en el artículo precedente”.

Al tomar la palabra como miembro informante, la senadora Ledesma de Zamora señaló que "la mayoría de las veces es a las mujeres a quienes más afecta este fenómeno de difusión de imágenes íntimas a través de sitios web y redes sociales para dañar a la víctima, para humillar, por venganza o fines extorsivos".

"Las modalidades de este delito con más relevancia son aquellas vinculadas a la sexualidad y muchas veces configuran nuevas modalidades de violencia de género. Muchos países entonces advirtieron que debían legislar al respecto", agregó.

A su turno, la senadora Elías de Pérez expresó que su satisfacción por el tratamiento de la iniciativa. “Tenemos que estar a salvo de este tipo de maniobras, por eso es que penalizar la difusión no consentida de documentos privados con contenido de naturaleza sexual es algo que nos debíamos", explicó.

En tanto, marcó algunas diferencias con el dictamen de mayoría y expresó los reparos de Juntos por el Cambio a la hora de avanzar sobre el artículo 169 del Código Penal, que finalmente terminaron votando por la negativa en particular. "Creemos que cuando hablamos de materia penal, lo que abunda sí que daña".

Además, se aprobó y dio giro a la Cámara de Diputados un proyecto para modificar el Código Civil sobre delitos de lesa humanidad, con el objetivo de establecer la imprescriptibilidad de las acciones resarcitorias de daños derivados de los delitos de lesa humanidad.

El cambio establece el no vencimiento de los plazos resarcitorios de personas víctimas de delitos de lesa humanidad, durante la última dictadura cívico militar.

También se dio media sanción, por unanimidad, a una iniciativa sobre promoción del ingreso a las carreras estratégicas para el desarrollo económico y productivo del país.