Se trata de una persona identificada como R.A.R., a la que le aplicaron la pena de 8 años de prisión por resultar ser autor penalmente responsable de los delitos de “Lesiones leves doblemente agravadas por haber mediado una relación de pareja y violencia de género y Abuso Sexual con acceso carnal en concurso real”.

Además, se ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

El veredicto, emitido por las juezas Margarita Nallar – presidente de trámite-, Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig, fue dado a conocer días pasados por el secretario del Tribunal Dr. Rodrigo Burgos.


Los hechos

El hombre acusado por la Fiscalía, R.A.R., fue condenado por los hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2020, aproximadamente a horas 06.00, en circunstancias en que la víctima, una mujer mayor de edad, salió de la casa de su hermano ubicada en La Quiaca.

En esas circunstancias, fue que el imputado, que se encontraba en estado de ebriedad, intercepto a la mujer, quien había sido su ex pareja, y tras agredirla verbalmente procedió a tomarla de los cabellos, momento en que la víctima logró soltarse y R.A.R. se cayó al suelo.

Debido a esto, el acusado la agarró de las piernas y tiró a la mujer también, acertándole golpes de puño a la altura de la nariz, provocándole sangrado.

Seguidamente, el atacante levantó de los cabellos a su ex pareja y la llevó a la fuerza en dirección al río Toro Ara. Al llegar a la orilla del curso de agua, cerca unos sembradíos, la amenazó de muerte, la golpeo en la cabeza, y luego la accedió carnalmente.


Alegatos

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Gustavo Araya, quién solicitó para el inculpado la pena de 16 años de prisión.

Por su parte, el abogado defensor del acusado, Dr. Eduardo Enrique Vergara, pidió la pena de 1 año prisión respecto a las lesiones y la absolución por el beneficio de la duda en relación al hecho de abuso sexual para su defendido.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.