{jkhighlight}La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil dijo esta semana que AGEA tendrá que pagarle dos millones y medio de pesos al padre de Ángeles Rawson por haber publicado en 2013 en el desaparecido diario "Muy" las fotos del cuerpo sin vida de la adolescente dentro del CEAMSE{/jkhighlight}.

La decisión la tomaron las juezas Gabriela Mariel Scolarici y Beatriz Alicia Verón, que consideraron que la empresa es responsable. {jkhighlight}En primera instancia, el monto de la indemnización por “daño moral” había sido de un millón de pesos más intereses pero las magistradas actualizaron ese monto a los dos millones y medio luego de un análisis del caso{/jkhighlight}.

El expediente judicial comenzó con la presentación del padre de Ángeles ante la publicación que hizo el diario MUY del 28 de junio de 2013. “EXCLUSIVAS: LAS FOTOS DEL HORROR” decía en su tapa el periódico con las imágenes de cómo fue hallado el cuerpo de la adolescente en una cinta transportadora del centro de residuos.

AGEA fue condenado por esto pero apeló la decisión civil. {jkhighlight}Sostuvo que no se había vulnerado el derecho a la imagen ni a la intimidad de nadie sino que se quiso demostrar el lugar donde fue hallada la víctima “a los efectos de informar y aclarar cómo fue el aberrante hecho”{/jkhighlight}. A eso le sumó que la publicación tuvo como objetivo “ayudar a comprender la dramática realidad del femicidio en Argentina, generar conciencia y compromiso”.

{jkhighlight}Las juezas no compartieron esa argumentación: “pretender que la libertad de prensa constituya una causa de justificación de todo tipo de publicaciones, so pretexto del servicio de información pública, significa tanto como otorgarle a aquella un bill de indemnidad”{/jkhighlight}, lo que significaría tener carta blanca para publicar todo.

Para las integrantes de la Cámara Civil, el diario excedió el alcance y los límites del derecho a la libertad de prensa. “Cuando se difunden fotografías del cadáver de una persona fallecida -y más aún cuando se trata de una menor de edad, como lo era Ángeles-, resulta indudable que se vulnera el derecho a la imagen y a la intimidad familiar. Aun cuando pudiera considerarse como excepción que hubiera existido el ejercicio regular del derecho de informar, lo cierto es que no se avizora que tal exposición haya encontrado otra finalidad que la de lucrar al satisfacer la curiosidad o la morbosidad del público, excediendo claramente la noble función de informar conferida a la prensa, en perjuicio de la familia de la víctima”, afirmaron.

{jkhighlight}Las juezas fueron muy duras con la empresa responsable. Consideraron que se sobrepasaron los límites del derecho a la información “sin ningún tipo de tapujos” y que tendrían que haber tenido mucho más cuidado con el tema ya que se trata de una adolescente que fue víctima de un delito aberrante. Para ellas, la publicación “poco tiene que ver con la libertad de divulgar una fotografía de interés noticioso” sino que actuaron “sin reparos éticos ni morales y con miras a la obtención de un sensacionalismo a todas luces injustificado en detrimento de la calidad informativa”{/jkhighlight}.

“Lo que se verifica en este caso es la exposición morbosa de imágenes de un crimen que ya había sido cubierto, en exceso y en profundidad, por todos los medios de prensa, pero que en este caso se lo exhibió en forma escabrosa y con fines netamente comerciales y sensacionalistas”, fustigaron las magistradas.

Tampoco parece eficaz, ni idónea, ni adecuada, ni correcta y mucho menos apropiada tal publicación para los supuestos fines esgrimidos, pues sin pretender ahondar en el tema por exceder la cuestión que aquí se ventila, no se infiere en absoluto que con las cruentas imágenes publicadas, se haya querido dar un abordaje cuanto menos serio a un problema social de tan extrema gravedad y envergadura”, concluyeron.