{jkhighlight}El juez federal Miguel Medina, que es de Salta pero en este caso actuó en subrogancia, procesó a los ex jueces federales Mariano Wenceslao Cardozo y Hugo Mezzena por incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes, prevaricato, y omisión, retardo o negativa de hacer cesar una detención ilegal o dar cuenta de ella. Además, consideró que tuvieron participación secundaria en privación ilegítima de la libertad, homicidios, torturas, amenazas, allanamiento ilegal y violación de domicilio. Al ex juez Néstor Eduardo Meyer le atribuyó los mismos delitos, salvo la participación secundaria en homicidios{/jkhighlight}.

Los tres fueron funcionarios de la Justicia Federal en Jujuy durante la vigencia del terrorismo estatal.

El procesamiento fue celebrado por organismos de derechos humanos. "Es importante porque la Justicia está diciendo que la Justicia fue cómplice" del terrorismo de Estado, sostuvo Eva Arroyo, de la Agrupación HIJOS de Jujuy, que es querellante en este proceso y que, junto a la Fiscalía, lograron que esta causa se iniciara en 2015.

Arroyo destacó que el Poder Judicial "fue el único poder que no fue intervenido" y señaló que esto se debió a que "es un poder liberal, monárquico y siempre fue servil a eso, las cárceles están llenas de pobres, no de ricos, o llenas de adversarios políticos, y adversarias, no precisamente aquellos que incumplen la ley", afirmó.

Lamentó que hoy no estén "los poderosos sentados en el banquillo", como Carlos Blaquier y el directorio de la empresa Ledesma, y "éstos que fueron la mano de obra barata del poder económico, porque ellos y las fuerzas de seguridad son la mano de obra barata, tienen que rendir cuentas. Eso tiene que ver con su obsecuencia ante los poderes económicos".

En el caso de Cardozo, de 70 años, el juez lo procesó por 51 hechos de incumplimiento de los deberes de funcionario público; 50 de omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes; 46 hechos de prevaricato en grado de partícipe; cinco de omisión, retardo o negativa de hacer cesar un detención ilegal o dar cuenta de ella. Además, lo procesó como partícipe secundario de delitos cometidos por las Fuerzas Armadas y de seguridad: privación ilegal de la libertad agravada cometida en perjuicio de 64 víctimas, 29 homicidios, ocho hechos de torturas, dos amenazas, 14 allanamientos ilegales y 12 hechos de violación de domicilio.

A Mezzena, de 75 años, lo procesó por incumplimiento de los deberes de funcionario público respecto de 21 hechos; omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes en 26 hechos. Consideró que cometió prevaricato 18 veces, y respecto de seis personas cometió el delito de omisión, retardo o negativa de hacer cesar una detención ilegal o dar cuenta de ella. Y además tuvo participación secundaria en las privaciones ilegales de la libertad de 77 personas, 13 homicidios calificados; en las torturas a cinco personas, dos amenazas, 15 allanamientos ilegales y siete violaciones de domicilio.

A Meyer, de 80 años, lo procesó por cuatro hechos de incumplimiento de los deberes; siete hechos de omisión de promover la persecución y represión de los delincuentes, dos de prevaricato; dos hechos de omisión, retardo o negativa de hacer cesar un detención ilegal o dar cuenta de ella. Y consideró que tuvo participación secundaria en la detención ilegal de 22 detenidos por razones políticas, ocho allanamientos ilegales y tres violaciones de domicilio.

A los tres les trabó embargo sobre sus bienes por un millón de pesos, “para garantizar la efectividad de la pena, gastos y costas del proceso”. Los tres seguirán en libertad, el juez Medina entendió que no hay riesgo de fuga.

Jueces y fiscales silentes

En las consideraciones de su resolución, el juez Medina recordó que mientras la represión del aparato organizado arreciaba contra la población civil, con secuestros, torturas y ejecuciones, “las autoridades del poder ejecutivo y los magistrados del poder judicial exhibieron una disposición negativa a asumir la problemática de los secuestros y asesinatos, realizando las gestiones necesarias para dar con el paradero de las víctimas o esclarecer los hechos”.

Añadió que el Poder Judicial incurrió en conductas como la “sistemática tendencia de rechazar los Hábeas Corpus interpuestos por las personas desaparecidas o a legalizar la detención de personas que previamente habían pasado por centros clandestinos de detención y tortura y no investigar la actuación de las fuerzas armadas y de seguridad”.

Asimismo, el magistrado recordó que en su momento el fiscal federal Eduardo Villalba (de la jurisdicción de Salta también), afirmó que el estudio de los distintos casos “permite afirmar” que en Jujuy “el poder judicial se adaptó sin más al plan sistemático de represión y aniquilamiento de una parte de la población civil, so pretexto de la denominada ‘lucha contra la subversión’ imperante en aquellos años. Así la actuación de integrantes de este poder del estado en la Provincia de Jujuy fue relevante para que pudiera implementarse el plan criminal, lo que se evidenció en la clara voluntad de no investigar los hechos denunciados”.

En este contexto, señaló el juez, “la mayor parte de las denuncias recibidas fueron desestimadas sin mediar investigación alguna o realizando medidas meramente formales que eran sabido no conducirían a ningún resultado. Los Hábeas Corpus, el instituto más utilizado por las víctimas o de sus familiares para la protección de su derecho a la libertad, fueron sistemáticamente rechazados sin otra tramitación que la puramente formal”.

Añadió que esto "demuestra el contexto de impunidad absoluta en el que se desenvolvieron los integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad” y la “desprotección en la que quedaron inmersos los perseguidos políticos cumplió una función de prevención general en sentido negativo o intimidatorio” dado que provocó que la población “se sintiera inerme frente a un poder omnímodo”. Y “esto no habría sido posible sin la colaboración de algunos jueces y fiscales silentes”.

Cardozo fue Procurador Fiscal entre el 5 de enero de 1977 y el 8 de marzo de 1985, años de vigencia de la última dictadura cívico militar, que se inició el 24 de marzo de 1976 y siguió hasta el 10 de diciembre de 1983. Luego fue juez a partir de 1990.

Entre los hechos que se les atribuyen a los ex jueces se cuentan las detenciones ilegales y la desaparición de Luis Aredez, que fuera intendente de Libertador General San Martín, la ciudad donde se encuentra el poderoso Ingenio Ledesma.

Aredez fue detenido dos veces. El 24 de marzo de 1976, estuvo en las comisarías 11 y 24 y más tarde en el penal de Villa Gorriti, “donde fue sometido a tratos inhumanos”. El 27 de mayo el Juzgado Federal de Jujuy dispuso su libertad. A pesar de ello, siguió detenido, recién el 15 de abril el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto disponiendo su detención. El 7 de octubre de 1976 fue trasladado a la Unidad 9 de La Plata, recuperó la libertad el 5 de marzo de 1977 y regresó a Jujuy. La segunda detención fue el 13 de mayo de ese mismo año, desde entonces está desaparecido. Sus familiares presentaron tres recursos de hábeas corpus.

Para la Fiscalía, Cardozo, que era fiscal por entonces, aportó “una cobertura de impunidad” a los responsables de este hecho.

“Se ha demostrado como probable que Mariano Cardozo desde la primera detención de la víctima no requirió ninguna medida pertinente, útil y que en aquel entonces resultaba necesaria para garantizar y controlar la soltura de Aredez, cuando el personal militar incumplió la orden del Juzgado Federal de Jujuy de liberar al detenido el día 27 de mayo de 1976”, concluyó el juez Medina en el procesamiento.

Añadió que Cardozo “tampoco solicitó ninguna diligencia distinta a las que se acostumbraba en este tipo de casos para dar con el paradero de Aredez, ni pidió informes sobre los controles de ruta, u otras medidas que pudieran haber aportado algún dato sobre los responsables de la desaparición”.

Por su parte, Mezzena ocupó el cargo de defensor oficial entre el 14 de agosto de 1975 y el 10 de octubre de 1984 y, dentro de ese período, se desempeñó como juez federal subrogante de Jujuy entre el 12 de mayo de 1976 y el 10 de enero de 1977.

El juez Medina consideró que también incurrió en delitos respecto de Aredez, porque tampoco realizó “las medidas pertinentes, útiles y necesarias" cuando el personal militar incumplió la orden del Juzgado Federal de liberarlo. “Nada hizo para garantizar y controlar su soltura, lo que permitió la continuidad de la detención ilegal del nombrado y los tormentos sufridos en el penal, como así también en el traslado del 7 de octubre de 1976 a la Ciudad de la Plata”.

Meyer fue juez federal de Jujuy desde el 16 de octubre de 1974 hasta el 5 de mayo de 1976, cuando renunció.